La especialidad de la licencia “llave en mano” es que se pacta expresamente una garantía o resultado concreto: que el software satisfaga las necesidades concretas del usuario-licenciatario. La licencia “llaves en mano” puede, en principio, recaer tanto sobre software propietario como sobre software libre.
Esta
especialidad no se da en el software de uso
doméstico comercializado en masa, sino en el
caso de software de aplicaciones complejo,
destinado a empresas. No se trata de un
software que el proveedor desarrolle por
encargo del usuario (en cuyo caso estaríamos
ante un contrato de desarrollo de software),
sino que el proveedor licencia al usuario un
software estándar de su titularidad.
Sin embargo, aun siendo estándar, el proveedor sí que se encarga de realizar una serie de adaptaciones al software para adecuarlo a las necesidades concretas del usuario, según lo que éste le haya solicitado.
Estas adaptaciones se conocen con el término de parametrizaciones o extensiones (cuando no modifican parte del código fuente), o customizaciones o modificaciones (cuando conllevan la adaptación del código fuente), siendo estas últimas las que caracterizan las licencias “llave en mano”.
En tal caso, en la licencia de uso se pactan servicios adicionales como la “instalación” del software, que queda a cargo del proveedor; así como la existencia de un período de prueba y/o tests de conformidad, durante los cuales el usuario comprueba que el software funciona de acuerdo con sus necesidades. Una vez transcurrido el período de prueba o superado con éxito el test de conformidad, el usuario da su aceptación al software y se inicia propiamente la licencia. Claro está, el usuario-licenciatario abona un precio por la licencia “llave en mano” bastante mayor al que pagaría por la licencia de un software puramente estándar.
En las licencias “llave en mano” constituye un pacto esencial que el software ha de satisfacer necesidades específicas del usuario. Por ello, el software estándar deberá ser adaptado al usuario.
En estas licencias “llave en mano”, aunque el software pueda ser propietario, el hecho de incorporar adaptaciones para adecuarlo a las necesidades del usuario puede suponer también que el usuario-licenciatario tenga un derecho limitado a modificar el software y no de acceso al código fuente; en particular, para crear, modificar o suprimir las customizaciones o parametrizaciones mencionadas.





